
En ocasiones existen confusiones e incertidumbre acerca de que decisiones podemos tomar, o bien, cuales afectan a la patria potestad de los hijos, que en diversas ocasiones se trata de patria potestad compartida, con independencia del régimen de custodia que se haya establecido.
Por lo que, podemos lo diferenciar:
- Patria potestad: es el conjunto de obligaciones y derechos que la ley confiere a los padres con respecto a las decisiones relevantes en la vida de sus hijos menores no emancipados. Esta suele ser siempre compartida, independientemente del régimen de custodia que se haya establecido y, en ese caso, son decisiones que no puede tomar un progenitor de manera unilateral, sin recabar el consentimiento del otro. Pues, en caso contrario, debes recurrir a un abogado de familia especializado que defienda tus intereses y los del menor.
¿Algunos ejemplos prácticos de patria potestad? entre otras posibilidades, las siguientes decisiones serían materia de patria potestad:
- Decidir sobre el centro escolar al que deben acudir los menores o cambio del mismo.
- Decidir si el menor debe acudir al psicólogo o recibir algún tipo de tratamiento médico o profesional o someterse a algún tipo de intervención quirúrgica (siempre que la decisión no deba ser tomada de manera urgente, sin posibilidad de consultar al otro progenitor en ese momento).
- Decidir la Comunidad Autónoma en la que va a residir el menor, en caso de mudanza.
- Decidir sobre si el menor puede o no hacer la primera comunión.
- Decidir si el menor puede y/o debe realizar determinados viajes al extranjero, con independencia de que se trate de estudios o de ocio.
- En definitiva, cualquier decisión que afecte de manera significativa a la vida del menor.
- Régimen de custodia: regula la estancia y comunicación de los hijos menores con sus progenitores y puede ser monoparental o compartida. Es totalmente independiente de la patria potestad. El tipo de decisiones que incluye esta modalidad se limita a decisiones ordinarias o cotidianas que puedan surgir en el día a día con el menor y que decidirá el progenitor que esté con éste en cada momento (por ejemplo, qué debe comer, cómo organizar su rutina en casa, etc).
En Resumen,
Hablamos de aquellas decisiones que afectan de manera relevante o permanente la vida de los menores, siendo estas materia de patria potestad, y no podrán ser decididas por un progenitor unilateralmente sin el consentimiento del otro, siempre que la patria potestad sea compartida, e independientemente del sistema de custodia que se haya establecido. Por tanto, tener la custodia exclusiva de un menor no implica necesariamente poder decidir de manera unilateral las decisiones que afecten a su vida o desarrollo.
En caso de discrepancias con el otro progenitor, es preciso acudir a un abogado de familia especializado, capaz de mediar entre ambos, y en última instancia realizar acciones jurídicas en defensa de tus intereses.